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Aunque la sentencia se aplica solo para un caso, los efectos legales se extienden a aquellos procesos penales que se relacionen con los archivos de ‘Raúl Reyes’.
El principal argumento del tribunal es que se trata de pruebas obtenidas en territorio ecuatoriano sin las autoridades de ese país, lo que las convierte en ilegítimas.
«La Corte reitera la tesis de que ninguna autoridad colombiana tiene competencia o está facultada para practicar en el extranjero inspecciones y recoger elementos materiales de conocimiento, por fuera de los mecanismos de cooperación internacional y la asistencia judicial»
«Si las autoridades nacionales desprovistas de facultades de Policía Judicial, desatendiendo (…) desde la Constitución hasta los convenios de cooperación judicial y de asistencia técnica suscritos y ratificados por Colombia, pasando por las leyes de procedimiento penal, practican inspecciones y recogen elementos de conocimiento que luego incorporan al país y propugnan su judicialización, dado el carácter de esencialidad que reviste la falta, esas pruebas son ilegales, y conforme lo manda la Carta Fundamental, les aplica la cláusula de exclusión, tornándose nulas de pleno derecho».